1 ¶ Y el SEÑOR habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
Entonces el Señor habló a Moisés en el monte Sinaí, diciendo:
2 H abla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará sábado al SEÑOR.
Habla a los hijos de Israel, y diles: “Cuando entréis a la tierra que yo os daré, la tierra guardará reposo para el Señor.
3 S eis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y recogerás sus frutos;
“Seis años sembrarás la tierra, seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos,
4 y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado al SEÑOR; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
pero el séptimo año la tierra tendrá completo descanso, un reposo para el Señor; no sembrarás tu campo ni podarás tu viña.
5 L o que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu vid consagrada no encerrarás; año de reposo será a la tierra.
“Lo que nazca espontáneamente después de tu cosecha no lo segarás, y las uvas de los sarmientos de tu viñedo no recogerás; la tierra tendrá un año de reposo.
6 M as el sábado de la tierra os será alimento para ti, y para tu siervo, y para tu sierva, y para tu criado, y para tu extranjero que morare contigo;
“Y el fruto del reposo de la tierra os servirá de alimento: a ti, a tus siervos, a tus siervas, a tu jornalero y al extranjero, a los que residen contigo.
7 y a tu bestia, y al animal que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.
“También a tu ganado y a los animales que están en tu tierra, todas sus cosechas les servirán de alimento.
8 ¶ Y contarás siete sábados de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.
“Contarás también siete semanas de años para ti, siete veces siete años, para que tengas el tiempo de siete semanas de años, es decir, cuarenta y nueve años.
9 E ntonces harás sonar el shofar en el mes séptimo a los diez del mes; el día de las reconciliaciones haréis sonar alarma de shofar por toda vuestra tierra.
“Entonces tocarás fuertemente el cuerno de carnero el décimo día del séptimo mes; en el día de la expiación tocaréis el cuerno por toda la tierra.
10 Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.
“Así consagraréis el quincuagésimo año y proclamaréis libertad en la tierra para todos sus habitantes. Será de jubileo para vosotros, y cada uno de vosotros volverá a su posesión, y cada uno de vosotros volverá a su familia.
11 E l año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus ofrendas;
“Tendréis el quincuagésimo año como año de jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que nazca espontáneamente, ni vendimiaréis sus viñas sin podar.
12 p orque es jubileo; santo será a vosotros; el fruto de la tierra comeréis.
“Porque es jubileo, os será santo. De lo que produzca el campo, comeréis.
13 E n este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.
“En este año de jubileo cada uno de vosotros volverá a su propia posesión.
14 Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
“Asimismo, si vendéis algo a vuestro prójimo, o compráis algo de la mano de vuestro prójimo, no os hagáis mal uno a otro.
15 C onforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
“Conforme al número de años después del jubileo, comprarás de tu prójimo, y él te venderá conforme al número de años de cosecha.
16 C onforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los años de los frutos te ha de vender él.
“Si son muchos los años, aumentarás su precio, y si son pocos los años, disminuirás su precio; porque es un número de cosechas lo que te está vendiendo.
17 Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo soy el SEÑOR vuestro Dios.
“Así que no os hagáis mal uno a otro, sino temed a vuestro Dios; porque yo soy el Señor vuestro Dios.
18 E jecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
“Cumpliréis, pues, mis estatutos y guardaréis mis leyes, para ejecutarlos, para que habitéis seguros en la tierra.
19 y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.
“Entonces la tierra dará su fruto, comeréis hasta que os saciéis y habitaréis en ella con seguridad.
20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos,
“Pero si decís: ‘¿Qué vamos a comer el séptimo año si no sembramos ni recogemos nuestras cosechas ?’,
21 e ntonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará que haya fruto por tres años.
yo entonces os enviaré mi bendición en el sexto año, de modo que producirá fruto para tres años.
22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
“Cuando estéis sembrando en el octavo año, todavía podréis comer cosas de la cosecha anterior, comiendo de ellas hasta el noveno año cuando venga la nueva cosecha.
23 ¶ Y la tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
“Además, la tierra no se venderá en forma permanente, pues la tierra es mía; porque vosotros sois sólo forasteros y peregrinos para conmigo.
24 P or tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.
“Así que a toda tierra en posesión vuestra, otorgaréis el derecho de ser redimida.
25 C uando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, para redimir lo que su hermano hubiere vendido.
“Si uno de tus hermanos llega a ser tan pobre que tiene que vender parte de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano haya vendido.
26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
“Y en caso de que un hombre no tenga redentor, pero consiga los medios suficientes para su redención,
27 e ntonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
entonces computará los años desde la venta y devolverá el resto al hombre a quien había vendido la tierra, y así volverá a su posesión.
28 M as si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre, y él volverá a su posesión.
“Pero si no ha hallado medios suficientes para recobrarla por sí mismo, entonces lo que ha vendido permanecerá en manos del comprador hasta el año de jubileo; pero en el jubileo saldrá de su poder, y el vendedor volverá a su posesión.
29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.
“Si un hombre vende una casa de vivienda en una ciudad amurallada, su derecho a redimirla es válido hasta que se cumpla un año de su venta; su derecho de redención dura todo un año.
30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
“Pero si no se la redimen en el espacio de un año, la casa que está en la ciudad amurallada pasará para siempre a su comprador por todas sus generaciones; no saldrá de su poder en el jubileo.
31 M as las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
“Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán consideradas como campo abierto; tienen derechos de redención, y son recuperadas en el jubileo.
32 P ero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.
“En cuanto a las ciudades de los levitas, ellos tienen un derecho permanente de redención para las casas de las ciudades que son propiedad suya.
33 Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
“Así que lo que pertenece a los levitas se puede redimir, y una casa de su propiedad vendida en la ciudad es recuperada en el jubileo, porque las casas de las ciudades de los levitas son propiedad suya entre los hijos de Israel.
34 M as la tierra de los ejidos de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
“Pero las tierras de pasto de sus ciudades no se venderán porque son propiedad suya para siempre.
35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; como peregrino y extranjero vivirá contigo.
“En caso de que un hermano tuyo empobrezca y sus medios para contigo decaigan, tú lo sustentarás como a un forastero o peregrino, para que viva contigo.
36 N o tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
“No tomes interés y usura de él, mas teme a tu Dios, para que tu hermano viva contigo.
37 N o le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
“No le darás tu dinero a interés, ni tus víveres a ganancia.
38 Y O SOY vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
“Yo soy el Señor vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.
39 ¶ Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
“ Y si un hermano tuyo llega a ser tan pobre para contigo que se vende a ti, no lo someterás a trabajo de esclavo.
40 C omo criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
“Estará contigo como jornalero, como si fuera un peregrino; él servirá contigo hasta el año de jubileo.
41 E ntonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
“Entonces saldrá libre de ti, él y sus hijos con él, y volverá a su familia, para que pueda regresar a la propiedad de sus padres.
42 P orque me pertenecen, yo los saqué de la tierra de Egipto; y no serán vendidos a manera de esclavos.
“Porque ellos son mis siervos, los cuales saqué de la tierra de Egipto; no serán vendidos en venta de esclavos.
43 N o te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.
“No te enseñorearás de él con severidad, más bien, teme a tu Dios.
44 A sí tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas.
“En cuanto a los esclavos y esclavas que puedes tener de las naciones paganas que os rodean, de ellos podréis adquirir esclavos y esclavas.
45 T ambién compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión.
“También podréis adquirir los de los hijos de los extranjeros que residen con vosotros, y de sus familias que están con vosotros, que hayan sido engendradas en vuestra tierra; éstos también pueden ser posesión vuestra.
46 Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
“Aun podréis dejarlos en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como posesión; os podréis servir de ellos como esclavos para siempre. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis unos de otros con severidad.
47 Y si el peregrino o extranjero que está contigo, adquiriera medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a la raza del linaje del extranjero;
“Si aumentan los bienes del forastero o del peregrino que mora contigo, y si empobrece tu hermano que está con él, y se vende al forastero que mora contigo, o se vende a los descendientes de la familia de un forastero,
48 d espués que se hubiere vendido, tendrá redención; uno de sus hermanos lo rescatará;
él tendrá derecho de redención después de ser vendido; uno de sus hermanos podrá redimirlo;
49 o su tío, o el hijo de su tío lo redimirá, o el cercano de su carne, de su linaje, lo redimirá; o si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.
o su tío o el hijo de su tío podrán redimirlo; o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si prospera, él mismo podrá redimirse.
50 Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
“Entonces él, con su comprador, calculará desde el año en que se vendió a él hasta el año de jubileo, y el precio de su venta corresponderá al número de años. Los días que estará con él serán como los días de un jornalero.
51 S i aún fueren muchos años, conforme a ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.
“Si aún le quedan muchos años, devolverá parte de su precio de compra en proporción a ellos para su propia redención;
52 Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.
y si quedan pocos años hasta el año de jubileo, así los calculará con él. En proporción a los años devolverá la cantidad de su redención.
53 C omo con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.
“Lo tratará como quien trabaja a jornal año por año; no se enseñoreará de él con severidad delante de sus ojos.
54 M as si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.
“Aunque no sea redimido por estos medios, todavía saldrá libre en el año de jubileo, él y sus hijos con él.
55 P orque míos son los hijos de Israel; son esclavos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. YO SOY el SEÑOR vuestro Dios.
“Pues los hijos de Israel son mis siervos; siervos míos son, a quienes saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor vuestro Dios.