Levítico - 25

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1 Y el SEÑOR habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:

2 H abla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará sábado al SEÑOR.

3 S eis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y recogerás sus frutos;

4 y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado al SEÑOR; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.

5 L o que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu vid consagrada no encerrarás; año de reposo será a la tierra.

6 M as el sábado de la tierra os será alimento para ti, y para tu siervo, y para tu sierva, y para tu criado, y para tu extranjero que morare contigo;

7 y a tu bestia, y al animal que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.

8 Y contarás siete sábados de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.

9 E ntonces harás sonar el shofar en el mes séptimo a los diez del mes; el día de las reconciliaciones haréis sonar alarma de shofar por toda vuestra tierra.

10 Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.

11 E l año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus ofrendas;

12 p orque es jubileo; santo será a vosotros; el fruto de la tierra comeréis.

13 E n este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.

14 Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.

15 C onforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.

16 C onforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los años de los frutos te ha de vender él.

17 Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo soy el SEÑOR vuestro Dios.

18 E jecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;

19 y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.

20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos,

21 e ntonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará que haya fruto por tres años.

22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.

23 Y la tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.

24 P or tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.

25 C uando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, para redimir lo que su hermano hubiere vendido.

26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;

27 e ntonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.

28 M as si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre, y él volverá a su posesión.

29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.

30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.

31 M as las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.

32 P ero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.

33 Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.

34 M as la tierra de los ejidos de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.

35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; como peregrino y extranjero vivirá contigo.

36 N o tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.

37 N o le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.

38 Y O SOY vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.

39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.

40 C omo criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.

41 E ntonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.

42 P orque me pertenecen, yo los saqué de la tierra de Egipto; y no serán vendidos a manera de esclavos.

43 N o te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.

44 A sí tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas.

45 T ambién compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión.

46 Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.

47 Y si el peregrino o extranjero que está contigo, adquiriera medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a la raza del linaje del extranjero;

48 d espués que se hubiere vendido, tendrá redención; uno de sus hermanos lo rescatará;

49 o su tío, o el hijo de su tío lo redimirá, o el cercano de su carne, de su linaje, lo redimirá; o si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.

50 Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.

51 S i aún fueren muchos años, conforme a ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.

52 Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.

53 C omo con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.

54 M as si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.

55 P orque míos son los hijos de Israel; son esclavos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. YO SOY el SEÑOR vuestro Dios.