1 C uando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.
“Si alguien roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja.
2 S i el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte.
“ Si el ladrón es sorprendido forzando una casa, y es herido y muere, no será homicidio.
3 P ero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto.
Pero si ya ha salido el sol, será considerado homicidio. Ciertamente, el que roba debe hacer restitución. Si no tiene con qué, entonces será vendido por el valor de su robo.
4 S i fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.
Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.
5 S i alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.
“Si alguien deja que un campo o viña sea pastado totalmente, y deja suelto su animal para que paste en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo y con lo mejor de su viña.
6 C uando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
“Si estalla un incendio y se extiende a los espinos, de modo que las cosechas, amontonadas o en pie, o el campo mismo se consuman, el que encendió el fuego ciertamente hará restitución.
7 C uando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble.
“Si alguien da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, pagará el doble.
8 S i el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.
Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará ante los jueces, para determinar si él metió la mano en la propiedad de su vecino.
9 E n toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
En toda clase de fraude, ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: ‘Esto es mío,’ la causa de ambos se llevará ante los jueces; y aquél a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su vecino.
10 S i alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y éste muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie;
“Si alguien da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado sin que nadie lo vea,
11 j uramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
los dos harán juramento delante del Señor de que no metieron la mano en la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución.
12 M as si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño.
Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño.
13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.
Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba. No hará restitución por lo que ha sido despedazado.
14 P ero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla.
“Si alguien pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución.
15 S i el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler. Leyes humanitarias
Si el dueño está presente, no hará restitución. Si es alquilado, solamente pagará el alquiler. Leyes Diversas
16 S i alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer.
“Si alguien seduce a una doncella que no esté comprometida para casarse, y se acuesta con ella, deberá pagar una dote por ella para que sea su mujer.
17 S i su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.
Y si el padre rehúsa dársela, él pagará una cantidad igual a la dote de las vírgenes.
18 A la hechicera no dejarás que viva.
“No dejarás con vida a la hechicera.
19 C ualquiera que cohabitare con bestia, morirá.
“A cualquiera que se eche con un animal, ciertamente se le dará muerte.
20 E l que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto.
“El que ofrezca sacrificio a otro dios, que no sea el Señor, será destruido por completo.
21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
“Al extranjero no maltratarás ni oprimirás, porque ustedes fueron extranjeros en la tierra de Egipto.
22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.
A la viuda y al huérfano no afligirán.
23 P orque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor;
Si los afliges y ellos claman a Mí, ciertamente Yo escucharé su clamor,
24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
y se encenderá Mi ira y a ustedes los mataré a espada, y sus mujeres quedarán viudas y sus hijos huérfanos.
25 C uando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
“Si prestas dinero a Mi pueblo, a los pobres entre ustedes, no serás usurero con él; no le cobrarás interés.
26 S i tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás.
Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de ponerse el sol,
27 P orque sólo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso.
porque es su único abrigo; es el vestido para su cuerpo. ¿En qué otra cosa dormirá? Y será que cuando él clame a Mí, Yo le oiré, porque soy clemente.
28 N o injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
“No maldecirás a Dios, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 N o demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos.
“No demorarás la ofrenda de tu cosecha ni de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos.
30 L o mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
Lo mismo harás con tus bueyes y con tus ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo día Me lo darás.
31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.
“Ustedes serán hombres santos para Mí. No comerán carne despedazada por las fieras en el campo. A los perros la echarán.