1 J ehová habló a Moisés en el monte Sinaí y le dijo:
El Señor habló con Moisés en el monte Sinaí, y le dijo:
2 « Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará reposo para Jehová.
«Habla con los hijos de Israel, y diles que cuando entren en la tierra que yo les doy, la tierra deberá reposar en honor al Señor.
3 S eis años sembrarás tu tierra, seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos.
Cultivarás la tierra durante seis años, y durante esos seis años podarás tus viñas y recogerás sus frutos,
4 P ero el séptimo año la tierra tendrá descanso, reposo para Jehová; no sembrarás tu tierra ni podarás tu viña.
pero el séptimo año la tierra tendrá que reposar. Es un reposo en honor del Señor, y no debes cultivar tu tierra ni podar tus viñas.
5 N o segarás lo que de por sí nazca en tu tierra segada, y las uvas de tu viñedo no vendimiarás; año de reposo será para la tierra.
No podrás cosechar lo que nazca de manera natural en tu tierra segada, ni podrás recoger las uvas de tu viñedo. Será para la tierra un año de reposo,
6 A un en descanso, la tierra te dará de comer a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu criado y al extranjero que habite contigo.
Pero durante ese reposo la tierra producirá alimento para ti y para tus siervos y siervas, y para tus criados y los extranjeros que residan contigo.
7 T ambién a tu animal y a la bestia que haya en tu tierra, servirán de alimento todos sus frutos.
Todo los frutos que la tierra produzca serán para que coman tus animales y las bestias salvajes.
8 » Contarás siete semanas de años, siete veces siete años, de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a sumar cuarenta y nueve años.
»Contarás además siete semanas de años, es decir, siete veces siete años, de modo que las siete semanas de años den un total de cuarenta y nueve años.
9 E ntonces harás tocar fuertemente la trompeta en el séptimo mes; el día diez del mes —el día de la expiación— haréis tocar la trompeta por toda vuestra tierra.
Y el día diez del mes séptimo, que es el día de la expiación, ordenarás que se toque la trompeta con fuerza por todo el país.
10 A sí santificaréis el año cincuenta y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus habitantes. Ese año os será de jubileo, y volveréis cada uno a vuestra posesión, y cada cual volverá a su familia.
El año cincuenta será declarado año sagrado, y ustedes anunciarán la libertad para todos los habitantes del país. Será para ustedes un año de jubileo, y cada uno de ustedes volverá a su familia y a su patrimonio familiar.
11 E l año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que nazca de por sí en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos,
El año cincuenta será para ustedes de jubileo. No sembrarán, ni cosecharán lo que la tierra produzca de manera natural, ni vendimiarán sus viñedos.
12 p orque es el jubileo: santo será para vosotros. Del producto de la tierra comeréis.
Es un año de jubileo, y será para ustedes un año sagrado. Sólo podrán comer lo que la tierra produzca.
13 » En este año de jubileo volveréis cada uno a vuestra posesión.
»En este año de jubileo cada uno de ustedes recuperará su patrimonio familiar.
14 C uando vendáis algo a vuestro prójimo o compréis de manos de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
Si venden algo a su prójimo, o le compran, no se hagan trampa.
15 C onforme al número de los años transcurridos después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de cosecha te venderá él a ti.
Una vez pasado el jubileo, comprarás de tu prójimo según el número de años transcurridos, y él te venderá a ti según el número de cosechas que haya recogido.
16 C uanto mayor sea el número de los años, aumentarás el precio, y cuanto menor sea el número, disminuirás el precio, porque según el número de las cosechas te venderá él.
El precio aumentará o disminuirá, dependiendo del número de años transcurridos, porque lo que él te venderá es el número de cosechas.
17 » No engañe ninguno a su prójimo, sino temed a vuestro Dios, porque yo soy Jehová, vuestro Dios.
»No se hagan trampas el uno al otro. Al contrario, demuestren que tienen temor de mí, porque yo soy el Señor su Dios.
18 E jecutad, pues, mis estatutos y guardad mis ordenanzas; ponedlos por obra y habitaréis en la tierra seguros.
»Cumplan con mis estatutos y ordenanzas. Pónganlos en práctica, y habitarán tranquilos en el país;
19 L a tierra dará su fruto, comeréis hasta saciaros y habitaréis en ella con seguridad.
la tierra dará sus frutos, y ustedes comerán hasta saciarse y habitarán tranquilos en ella.
20 » Quizás os preguntéis: “¿Qué comeremos el séptimo año, ya que no hemos de sembrar ni hemos de recoger nuestros frutos?”
Y si acaso se preguntan: “¿Y qué vamos a comer el séptimo año, si no vamos a sembrar ni a cosechar nuestros productos?”,
21 Y o os enviaré mi bendición el sexto año, y ella hará que haya fruto por tres años.
yo los bendeciré el sexto año, y la tierra dará frutos para tres años.
22 E n el octavo año sembraréis, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto, comeréis del añejo.
Así en el año octavo ustedes sembrarán, y mientras tanto comerán del fruto añejo hasta el año noveno, y tendrán comida hasta que puedan cosechar.
23 » La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es, y vosotros como forasteros y extranjeros sois para mí.
»La tierra no podrá venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía. Ustedes son, para mí, forasteros y extranjeros.
24 P or tanto, en toda tierra de vuestra posesión otorgaréis derecho a rescatar la tierra.
Por lo tanto, en toda la tierra que ustedes posean, deberán conceder el derecho a rescatarla.
25 » Si tu hermano empobrece y vende algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que su hermano haya vendido.
»Si tu hermano empobrece, y vende alguna posesión suya, su pariente más cercano podrá acudir al rescate de lo que su hermano haya vendido.
26 » Cuando el hombre no tenga quien rescate, y consigue lo suficiente para el rescate,
»Si el que vendió no tiene quien pague el rescate, pero consigue lo suficiente para pagarlo,
27 e ntonces contará los años desde que vendió, y pagará lo que falta al hombre a quien vendió, y volverá a su posesión.
contará los años transcurridos desde la venta y pagará la diferencia al comprador, y la propiedad volverá a sus manos.
28 P ero si no consigue lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo quedará libre, y él volverá a su posesión.
Pero si no consigue lo suficiente para recuperar la propiedad, ésta se quedará hasta el año del jubileo en poder del que la compró, y en el año del jubileo podrá volver a su posesión.
29 » El hombre que venda una vivienda en una ciudad amurallada tendrá facultad de redimirla hasta el término de un año desde la venta; un año entero será el término para poderla redimir.
»El que venda una casa habitable en una ciudad amurallada tendrá el derecho de redimirla durante un año a partir de la venta; un año será el tiempo límite para poder redimirla.
30 Y si no es rescatada dentro de ese año, la casa que esté en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel que la compró, y de sus descendientes; no quedará libre en el jubileo.
En caso de que la casa en la ciudad amurallada no sea rescatada en el término de un año, no quedará liberada en el jubileo, sino que se quedará para siempre en poder del que la compró y de sus descendientes.
31 P ero las casas de las aldeas que no tienen muros alrededor serán estimadas como los terrenos del campo: podrán ser rescatadas y quedarán libres en el jubileo.
»Las casas en aldeas no amuralladas serán consideradas como un terreno en el campo, y podrán ser rescatadas y quedarán liberadas en el jubileo.
32 » Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, estos podrán rescatar en cualquier tiempo las casas en las ciudades de su posesión.
»En cuanto a las ciudades de los levitas, éstos podrán rescatar en cualquier momento las casas que estén en las ciudades de su posesión.
33 E n el jubileo, el que haya comprado de los levitas saldrá de la casa vendida o de la ciudad de su posesión, por cuanto las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
Si alguien le compra a un levita, en el jubileo saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, puesto que las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34 P ero la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es posesión suya a perpetuidad.
»Los terrenos ejidales de sus ciudades no se venderán, porque son su posesión perpetua.
35 » Si tu hermano empobrece y recurre a ti, tú lo ampararás; como forastero y extranjero vivirá contigo.
»Si tu hermano empobrece y busca tu ayuda, tú lo ampararás; vivirá contigo como si fuera un forastero y extranjero.
36 N o tomarás de él usura ni ganancia, sino tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
Si le prestas dinero, no le pedirás que te pague intereses o ganancias; al contrario, tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37 N o le darás tu dinero a usura ni tus víveres a ganancia.
No le prestarás dinero ni víveres a la manera de los usureros.
38 Y o soy Jehová, vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.
Yo soy el Señor su Dios, que los sacó de la tierra de Egipto para darles la tierra de Canaán y para ser su Dios.
39 » Si tu hermano empobrece estando contigo, y se vende a ti, no lo harás servir como esclavo.
»Si tu hermano empobrece, y estando contigo te pide comprarlo, no lo tratarás como a un esclavo.
40 C omo criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
Vivirá contigo como criado y como extranjero, y te servirá hasta el año del jubileo.
41 E ntonces saldrá libre de tu casa junto con sus hijos, volverá a su familia y regresará a la posesión de sus padres,
Ese año saldrá libre de tu casa, junto con sus hijos, para volver a su familia y reintegrarse a la propiedad de sus padres.
42 p orque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto: no serán vendidos a manera de esclavos.
Y es que ellos son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto, así que no serán vendidos como esclavos.
43 N o te enseñorearás de él con dureza, sino tendrás temor de tu Dios.
No lo tratarás con crueldad, sino que tendrás temor de tu Dios.
44 » Los esclavos y las esclavas que tengas serán de las gentes que están a vuestro alrededor; de ellos podréis comprar esclavos y esclavas.
»Si llegas a tener esclavos y esclavas, cómpralos de los pueblos a tu alrededor.
45 T ambién podréis comprar esclavos de entre los hijos y familiares de los forasteros que han nacido en vuestra tierra y viven en medio de vosotros, los cuales podrán ser de vuestra propiedad.
También podrás comprar a los hijos de los forasteros que vivan entre ustedes y a los de las familias de esclavos que nazcan entre ustedes. A ellos podrán tenerlos como su posesión,
46 L os podréis dejar en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria. Para siempre os serviréis de ellos, pero sobre vuestros hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis; nadie tratará a su hermano con dureza.
y podrán dejárselos a sus hijos después de ustedes como herencia. Serán su posesión hereditaria, y para siempre serán sus esclavos, pero no serán los amos de sus hermanos israelitas, ni los tratarán con crueldad.
47 » Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriquece, y tu hermano que está junto a él empobrece y se vende al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero,
»Si el forastero o el extranjero que viva contigo llega a ser rico, y tu hermano que está junto a él empobrece y se vende como esclavo a ese forastero o extranjero, o a alguno de su familia,
48 d espués que se haya vendido podrá ser rescatado. Uno de sus hermanos lo rescatará,
después de haberse vendido podrá ser rescatado por alguno de sus hermanos,
49 o su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará o, si sus medios alcanzan, él mismo se rescatará.
sea éste su tío o su sobrino, o un pariente cercano de su familia. Cualquiera de ellos podrá rescatarlo y, si sus medios lo permiten, hasta él mismo podrá rescatarse.
50 C ontará junto con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo; y el precio de la venta ha de apreciarse conforme al número de los años, y se contará el tiempo que estuvo con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y el precio de su venta habrá de calcularse conforme al número de años, y el tiempo que estuvo con él se calculará como si todo ese tiempo hubiera estado asalariado.
51 S i faltan aún muchos años, conforme a ellos devolverá para su rescate parte del dinero por el cual se vendió.
Si aún faltan muchos años para su rescate, del dinero por el que se vendió devolverá la cantidad correspondiente a esos años.
52 Y si queda poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces hará un cálculo con él, y devolverá su rescate conforme a los años que falten.
Pero si falta poco tiempo para el año del jubileo, entonces hará un cálculo y devolverá al comprador el rescate correspondiente a esos años.
53 C omo a un asalariado contratado anualmente se le tratará. No se enseñoreará sobre él con rigor ante tus ojos.
»Ustedes no deberán permitir que el comprador lo trate con crueldad, sino que deberá tratarlo como al que trabaja por un salario anual.
54 » Si no se rescata en esos años, en el año del jubileo quedará libre él junto con sus hijos,
Si el que se vendió no es rescatado durante esos años, en el año del jubileo obtendrá su libertad, junto con sus hijos.
55 p orque los hijos de Israel son mis siervos; son siervos míos, a quienes yo saqué de la tierra de Egipto. Yo, Jehová, vuestro Dios.
Porque los hijos de Israel son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor su Dios.