Deuteronomio - 24

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1 Cuando alguien toma una mujer y se casa con ella, si sucede que no le es agradable porque ha encontrado algo reprochable en ella, y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa,

2 y ella sale de su casa y llega a ser mujer de otro hombre;

3 s i el segundo marido la aborrece y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa, o si muere este último marido que la tomó para ser su mujer,

4 a l primer marido que la despidió no le es permitido tomarla nuevamente como mujer, porque ha sido despreciada; pues eso es abominación ante el Señor. No traerás pecado sobre la tierra que el Señor tu Dios te da por heredad.

5 Cuando un hombre es recién casado, no saldrá con el ejército ni se le impondrá ningún deber; quedará libre en su casa por un año para hacer feliz a la mujer que ha tomado.

6 Ninguno tomará en prenda el molino de mano ni la muela del molino (piedra de moler), porque sería tomar en prenda la vida del hombre.

7 Si se encuentra a un hombre que haya secuestrado a alguien de sus hermanos de los Israelitas, y lo haya tratado con violencia, o lo haya vendido, entonces ese ladrón morirá. Así quitarás el mal de en medio de ti.

8 Cuídate de una infección de lepra, para que observes diligentemente y hagas conforme a todo lo que los sacerdotes Levitas les enseñen. Como les he ordenado, así cuidarán de hacer.

9 R ecuerda lo que el Señor tu Dios hizo a Miriam en el camino, cuando ustedes salían de Egipto.

10 Cuando prestes cualquier cosa a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomar su prenda.

11 T ú te quedarás afuera, y el hombre a quien hiciste el préstamo te traerá la prenda.

12 S i él es un hombre pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda.

13 A l ponerse el sol, sin falta le devolverás la prenda para que se acueste con su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del Señor tu Dios.

14 No oprimirás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus conciudadanos o uno de los extranjeros que habita en tu tierra y en tus ciudades.

15 E n su día le darás su jornal antes de la puesta del sol, porque es pobre y ha puesto su corazón en él; para que él no clame contra ti al Señor, y llegue a ser pecado en ti.

16 Los padres no morirán por sus hijos, ni los hijos morirán por sus padres; cada uno morirá por su propio pecado.

17 No pervertirás la justicia debida al extranjero ni al huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,

18 s ino que recordarás que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor tu Dios te rescató de allí; por tanto, yo te mando que hagas esto.

19 Cuando siegues tu cosecha en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no regresarás a recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda, para que el Señor tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos.

20 C uando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti, serán para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.

21 C uando vendimies tu viña, no la repasarás; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.

22 R ecordarás que tú fuiste esclavo en la tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas estas cosas.