1 S i alguno roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja.
2 S i el ladrón es sorprendido forzando una casa, y es herido y muere, no habrá culpabilidad de sangre;
3 p ero si ya ha salido el sol, habrá culpabilidad de sangre. Ciertamente, el ladrón debe hacer restitución; si no tiene con qué, entonces será vendido por el valor de su robo.
4 S i lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.
5 S i alguno deja que un campo o viña sea pastado totalmente, y deja suelto su animal para que paste en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo y con lo mejor de su viña.
6 S i estalla un incendio y se extiende a los espinos, de modo que las mieses, amontonadas o en pie, o el campo mismo se consuman, el que encendió el fuego ciertamente hará restitución.
7 S i alguno da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, pagará el doble.
8 S i no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará ante los jueces, para determinar si él metió la mano en la propiedad de su vecino.
9 E n toda clase de fraude, ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: “Esto es”, la causa de ambos se llevará ante los jueces; y aquel a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su vecino.
10 S i alguno da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado sin que nadie lo vea,
11 l os dos harán juramento delante del Señor de que no metieron la mano en la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución.
12 P ero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño.
13 S i ha sido despedazado, que lo traiga como prueba; no hará restitución por lo que ha sido despedazado.
14 S i alguno pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución.
15 S i el dueño está presente, no hará restitución; si es alquilado, solamente pagará el alquiler. Leyes diversas
16 S i alguno seduce a una doncella que no esté desposada, y se acuesta con ella, deberá pagar una dote por ella para que sea su mujer.
17 Y si el padre rehúsa dársela, él pagará una cantidad igual a la dote de las vírgenes.
18 N o dejarás con vida a la hechicera.
19 A cualquiera que se eche con un animal, ciertamente se le dará muerte.
20 E l que ofrezca sacrificio a otro dios, que no sea el Señor, será destruido por completo.
21 A l extranjero no maltratarás ni oprimirás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
22 A la viuda y al huérfano no afligiréis.
23 S i lo afliges y él clama a mí, ciertamente yo escucharé su clamor,
24 y se encenderá mi ira y os mataré a espada, y vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos.
25 S i prestas dinero a mi pueblo, a los pobres entre vosotros, no serás usurero con él; no le cobrarás interés.
26 S i tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de ponerse el sol,
27 p orque es su único abrigo; es el vestido para su cuerpo. ¿En qué otra cosa dormirá? Y será que cuando él clame a mí, yo le oiré, porque soy clemente.
28 N o maldecirás a Dios, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 N o demorarás la ofrenda de tu cosecha ni de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos.
30 L o mismo harás con tus bueyes y con tus ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 Y seréis para mí hombres santos. No comeréis carne despedazada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.