p ara que huyera allí el homicida que matara a su prójimo por yerro, sin haber tenido enemistad con él desde ayer ni desde anteayer; y que huyendo a una de estas ciudades viviera:
para que pudiera huir allá quien, sin proponérselo y sin mediar antes enemistad con su prójimo, cometiera un homicidio, pues huyendo a una de estas ciudades el homicida podría salvar su vida.
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