D el extraño podrás exigir interés, pero de tu hermano no lo exigirás, para que te bendiga Jehová, tu Dios, en toda la obra de tus manos, en la tierra adonde vas a entrar para tomarla en posesión.
Para que el Señor tu Dios te bendiga en todo lo que hagas en la tierra de la que vas a tomar posesión, podrás cobrarle intereses al extraño, pero no a tu hermano.
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