P ero si la hija del sacerdote es viuda o repudiada, y no tiene prole y se vuelve a la casa de su padre, como en su juventud, podrá comer del alimento de su padre; pero ningún extraño coma de él.
Pero si la hija del sacerdote fuere viuda, ó repudiada, y no tuviere prole, y se hubiere vuelto á la casa de su padre, como en su mocedad, comerá del pan de su padre; mas ningún extraño coma de él.
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