S i la persona afectada no tiene ningún pariente al que pueda resarcirse por el daño causado, la compensación por el agravio se me entregará a mí por medio del sacerdote, además del carnero de la expiación, con el cual el sacerdote hará expiación por él.»
Y si aquel varón no tuviere redentor al cual el delito sea restituido, el delito se restituirá al SEÑOR, al sacerdote, a más del carnero de las reconciliaciones, con el cual se hará reconciliación.
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