H ará la cuenta con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y el precio de su venta habrá de calcularse conforme al número de años, y el tiempo que estuvo con él se calculará como si todo ese tiempo hubiera estado asalariado.
Und soll mit seinem Käufer rechnen von dem Jahr an, da er sich verkauft hatte, bis aufs Halljahr; und das Geld, darum er sich verkauft hat, soll nach der Zahl der Jahre gerechnet werden, als wäre er die ganze Zeit Tagelöhner bei ihm gewesen.
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