» Tómese nota de que todos los sacerdotes, levitas, cantores, porteros, criados del templo y ministros del templo del Señor, estarán exentos de pagar tributo, contribución o renta.
A vosotros os hacemos saber que a los sacerdotes y levitas, cantores, porteros, sirvientes del Templo y ministros de la casa de Dios, ninguno podrá imponerles tributo, contribución ni renta.
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