M as al hijo de la aborrecida reconocerá por primogénito, para darle dos tantos de todo lo que se hallare que tiene: porque aquél es el principio de su fuerza, el derecho de la primogenitura es suyo.
sino que reconocerá al primogénito, al hijo de la aborrecida, dándole una porción doble de todo lo que tiene, porque él es el principio de su vigor; a él pertenece el derecho de primogenitura.
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