Y esto os será un estatuto perpetuo: en el mes séptimo, a los diez días del mes, humillaréis vuestras almas y no haréis obra alguna, ni el nativo ni el forastero que reside entre vosotros;
“Y esto será para ustedes un estatuto perpetuo: en el mes séptimo, a los diez días del mes, humillarán sus almas y no harán obra alguna, ni el nativo ni el extranjero que reside entre ustedes.
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