D el extraño tomarás logro, mas de tu hermano no lo tomarás, para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos sobre la tierra a la cual entras para heredarla.
Podrás cobrar interés a un extranjero, pero a tu hermano no le cobrarás interés a fin de que el Señor tu Dios te bendiga en todo lo que emprendas en la tierra que vas a entrar para poseerla.
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