e ntonces será que cuando ha pecado y es culpable, restituirá aquello que robó, o por el daño de la calumnia, o el depósito que se le encomendó, o lo perdido que halló,
entonces, si ha pecado y ofendido, restituirá aquello que robó, o el daño del despojo, o el depósito que se le encomendó, o lo perdido que halló,
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